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Blog COmenTO

COmenTO es un Blog dedicado a expresar el sentir del sindicato y dar respuesta rápida a una noticia o a un problema general que deba ser tratado con urgencia.

12.1.11

DESPUÉS DE LOS RECORTES, LOS APLAZAMIENTOS

Debemos recordar que la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida (BOE de 7 de octubre de 2009), que debía haber entrado en vigor el pasado día 1 de enero de 2011, en síntesis, establece que se concederán permisos de CUATRO SEMANAS por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo.
Sin embargo, la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 (BOE de 23 de diciembre de 2010), establece en su Disposición final Decimotercera la modificación de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, por la que se da nueva redacción a la disposición final segunda de la citada Ley en los siguientes términos:

«Disposición final segunda.

La presente ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2012.»

La ya citada Ley 9/2009, de 6 de octubre, vino a suponer una clara apuesta por la conciliación de la vida familiar y laboral y por la corresponsabilidad en el seno familiar, de aquí que manifestemos nuestra disconformidad con la anteriormente citada modificación contenida en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, toda vez que supone el aplazamiento de la entrada en vigor de aquélla, lo que unido a la desaparición del “cheque bebé”, supone un duro golpe para las familias.
Por tanto, en virtud de lo dispuesto Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, concretamente en lo establecido en su Disposición final Decimotercera anteriormente citada, en síntesis, todo quedará como estaba: el permiso de paternidad por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo tendrá una duración de QUINCE DÍAS.