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Blog COmenTO

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29.11.06

EL ACUERDO DE PRISIONES A EXAMEN EN EL ECUADOR DE SU VIGENCIA

EL ACUERDO DE PRISIONES A EXAMEN EN EL ECUADOR DE SU VIGENCIA
(2005-2008)

APARTADO QUINTO:
“Horarios y funcionamiento operativo de los centros”



1- LOS HORARIOS SON UN LOGRO SINDICAL INDISCUTIBLE DE TODOS, POR LO QUE, LA NEGOCIACION DE ESTE APARTADO DEL ACUERDO, SEGÚN LAS ÚLTIMAS NOTICIAS (SOBRE PRODUCTIVIDAD Y SOBRE EL ACUERDO EN LOS SERVICIOS CENTRALES), NOS DEBERÍA DE PRODUCIR CIERTA ALERTA SOBRE LO QUE, EN ESA MESA SE DIGA Y EXIGIR TODA LA TRANSPARENCIA Y MENOS SECRETISMO. QUEREMOS QUE NOS CONSULTEN A TODOS LOS TRABAJADROES ANTES DE FIRMAR NADA.

2- LA INSTRUCCIÓN DE HORARIOS EN VIGOR FUE MOTIVO DE DISCUSIÓN EN UNA MESA DE TRABAJO NO HACE NI SEIS MESES. LA ADMINISTRACIÓN NO ADMITIÓ ENTONCES NINGUNA DE LAS PRORUESTAS MEDIANAMENTE IMPORTANTES DE LOS SINDICATOS… PROMETIERON REVISAR TODAS AQUELLAS PROPUESTAS EN LA MESA DEL ACUERDO CORRESPONDIENTE. VEREMOS QUE RESULTADOS SE OBTIENEN REALMENTE.

Este apartado quinto no por más corto es menos importante; todo lo contrario, en este apartado se está tratando algo que no se debería de tocar lo más mínimo. Dice así:

“Se abrirá una mesa de trabajo sobre los actuales horarios y su incidencia en el funcionamiento operativo de los centros, comprometiéndose las dos partes a buscar soluciones aceptables para ambas para afrontar esta cuestión. Si no hay acuerdo unánime entre las partes, se mantendrá el actual acuerdo de horarios y, por consiguiente la Instrucción que los desarrolla”

Como podéis ver es muy escueto pero también muy importante. Por lo que en mi opinión, si acaso hubiera que retocar algo sobre horarios, esto debería hacerse solamente en sentido positivo, es decir, de deberían de poder incluir nuevos horarios para poder votarlos, como, por ejemplo, el de 24 horas de trabajo por 96 libres en interior o el de dos días y medio por dos días y medio en oficinas y departamentos asimilados al horario de oficinas.

De todas formas dice este punto que, de no llegarse a un acuerdo unánime entre ambas partes, se mantendrá la actual Instrucción de horarios. No hace ni seis meses, con motivo de actualizar la anterior Instrucción de horarios al “Plan Concilia” se abrió una mesa de trabajo en la que, aprovechando por parte de todos los Sindicatos esa ocasión, planteamos una serie de propuestas para mejorar dicha Instrucción. Sin embargo, con la disculpa de que esa mesa estaba destinada única y exclusivamente a la revisión de dicha Instrucción y adecuarla al nuevo y controvertido “Plan Concilia”, ninguna de nuestras propuestas con cierto interés para los trabajadores penitenciarios, fueron aceptadas por la Administración.

Sin embargo y ante la negativa de CSI-CSIF a aceptar la nueva Instrucción, se prometió por parte de la Administración que se revisaría de nuevo en la futura mesa que se crearía para ello al amparo, precisamente, del apartado quinto del acuerdo.

Por lo tanto, para ser coherentes, esperamos que, aunque no se llegue a ese acuerdo unánime entre ambas partes, se revise la Instrucción de horarios en todos aquellos puntos que se plantearon en su día y algunos otros que no se plantearon, como por ejemplo:
-La posibilidad de acumulación de horas libres que por diferentes motivos (juicios, declaraciones en juzgados, asistencia a mesas electorales, etc…) tenemos los funcionarios en días libres completos y que hasta ahora mismo tenemos prohibido.

-La inclusión en las diferentes opciones de votación, como decía antes, del la cadencia de 24X96 en interior y que puedan optar los funcionarios de oficinas y asimilados al horario de 2 1/2 X 2 1/2

-La revisión de la licencia por enfermedad grave de familiar de forma que se cuenten, los días a que tenemos derecho, como días enteros de trabajo y no como servicios.

-El aumento considerable de los días de compensación de festivos para los funcionarios de Vigilancia 2.

-La compensación de dos días por cada uno que se haya trabajado por necesidades del servicio de la Administración.

-Cuando, en razón a los programas, prestaciones y servicios del Establecimiento, deba cubrirse el servicio con carácter excepcional, los sábados, domingos o festivos, el Director designará para ello de forma rotativa de entre aquellos funcionarios voluntarios y se les compensará con el doble de horas de las trabajadas. Los días veinticuatro y treinta y uno de diciembre no habrá prestaciones, programas ni servicio excepcional alguno en los Establecimientos Penitenciarios.

-etc…

“LOS TRABAJADORES PENITENCIARIOS QUEREMOS SABER LO QUE SE PASTELEA EN NUESTRO NOMBRE EN LAS MESAS SECRETAS”

“BASTA DE SECRETISMOS”
“EXIGIMOS TRANSPARENCIA”