Desempeño de funciones de superior categoría

Hemos ganado sentencias en:
El juzgado de lo Social nº1 de Ciudad Real
-SENTENCIA 314 de 8 de Julio de 2005.
-SENTENCIA 489 de 16 de Octubre de 2003.
-SENTENCIA 494 de 16 de Octubre de 2003.
Nota:
Estas sentencias suponen un reconocimiento económico por los servicios prestados pero no conlleva a la reclasificación del trabajador al grupo de superior categoría, pues el Convenio establece en su capitulo VI, el sistema de promoción.
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