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Blog COmenTO

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24.5.06

Una sentencia considera la plantilla de la cárcel de Zuera "claramente insuficiente".

La Audiencia condena por intento de homicidio a dos presos que se enzarzaron en una reyerta, pero hace responsable a Instituciones Penitenciarias.




HERALDO. Zaragoza | La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Instituciones Penitenciarias a pagar 2.100 euros a dos presos, por no ser capaz de garantizar su integridad física en el interior de la cárcel de Zuera. Los reclusos se enzarzaron en una pelea en la que ambos resultaron heridos de gravedad, y por la que han sido condenados ahora a siete años de cárcel -cada uno- por sendos delitos de tentativa de homicidio. Sin embargo, el Estado ha sido declarado responsable civil subsidiario y tendrá que hacerse cargo de las indemnizaciones.


El magistrado ponente de la sentencia , Rubén Blasco, se arma de argumentos a la hora de delimitar la responsabilidad de la Administración. Comienza por recordar que ésta es "garante de la vida, integridad y salud de los internos". A continuación, exime de responsabilidad a los funcionarios del centro, porque "tan sólo pueden ejercer sus funciones en relación con sus posibilidades".Y recuerda que, cuando se produjo la reyerta, había sólo dos personas para controlar a 143 presos. "La dotación de personal parece claramente insuficiente", concluye.
Cinco pinchos carcelarios


Durante el cacheo efectuado a los internos tras la pelea, se localizaron cinco pinchos carcelarios -armas blancas fabricadas con cualquier utensilio susceptible de ser afilado-, dos de los cuales fueron utilizados por los condenados. Para el tribunal, este hecho pone también de manifiesto la falta de seguridad del centro. La sentencia recoge otra grave deficiencia en las instalaciones penitenciarias de Zuera: el fallo de las cámaras de vigilancias. "Las cámaras para control del interior de la prisión no estaban ni siquiera ofreciendo imágenes del lugar en el que se hallaban los presos que se concentraban para la comida", dice el fallo. "Esa insuficiencia de medios -añade-, conlleva necesariamente la imposibilidad de llevar a cabo ese control que exigen los fines establecidos en la Ley Orgánica general Penitenciaria". Por último, la sentencia dice que "la falta de vigilancia, en casos como el presente, aunque no pudiera imputarse a los funcionarios de prisiones, sí se considera que deriva de las deficiencias de la propia Admnistración penitenciaria".


En cuanto a los internos involucrados en la reyerta, José González Cantero yAndrés Amaya, el tribunal les reconoce autores del delito de tentativa de homicidio, y les impone los siete años de prisión que solicitaba el fiscal. Por la gravedad de las lesiones producidas y el arma utilizada, los magistrados entienden que había una intención letal y no aprecia la eximente de defensa propia que solicitaban los reclusos